viernes, 31 de julio de 2009

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD, BENEFICIO PARA DELINCUENTES PRIMARIOS

Por: Fernando Jiménez y Jairo Ramos

La jueza de la sala 67 Penal Municipal con funciones de Control de Garantías, María Cristina de la Cuadra Pigault de Baupre, una llanera de ascendencia belga, preside la audiencia de Imputación en el caso de Hurto Calificado Agravado en contra de Edward Andrey León, de 19 años, y Luís Eduardo Clavijo, de 20 años. Al final de la audiencia decide no proferir medida de aseguramiento...



¿Por qué no profirió la medida de aseguramiento?

La Fiscalía es quien hace la solicitud de medida de aseguramiento ante el juez de control de garantías, y, si ésta no es requerida porque hay carencia de un presupuesto subjetivo que amerite a la detención preventiva, yo no puedo agravar la situación a los implicados en el caso.

¿Es importante castigar o dejar en libertad a dos jóvenes que no tienen antecedentes pero que cometieron un delito?

El legislador ha impuesto factores que se tienen que recaudar para tener un efecto en contra de un sindicado. No se trata de privar de la libertad para castigar, para detener preventivamente o para garantizar un mecanismo de seguridad para la sociedad. Si esos elementos requeridos no se cumplen, se puede conceder la libertad.

¿Si ellos se sienten inocentes, por qué son aconsejados a declararse culpables?

Es una estrategia de la Defensa: Los testimonios de sus defendidos no tienen la contundencia para contrarrestar las afirmaciones de la fiscal. Los imputados en su interioridad se pueden sentir inocentes pero es su abogado, en su buen juicio, quien mejor los puede orientar en el caso y conseguir, así, la mejor sentencia, a favor o en contra.

¿El declarase culpables ante el juez de garantías, cuando sean llamados ante el juez de conocimiento en el juicio oral ellos pueden llegar a ser considerados inocentes?

Es una probabilidad. El Juez de Conocimiento luego de oír las evidencias presentadas, tanto por la Fiscalía como por la Defensa, en su posición de imparcialidad y objetividad dará sentencia acorde a sus intereses.

¿Si no se declaran culpables cuál es la pena?

Por ser hurto calificado y agravado por intervenir tres personas se penaliza con pena mínima de nueve años pero se atenúa a cuatro años y seis meses la mínima porque los incriminados no presentan antecedentes penales.

¿Cómo se ve ese proceder de la justicia ante la sociedad?

Frente a la sociedad deben ser considerados como delincuentes primarios porque ellos no presentan antecedentes penales; son personas que merecen una oportunidad de reformarse y continuar con otro camino; no hacer de su vida una contraposición ante las leyes penales sino que adecuen su norma de vida.

¿Cómo se puede socializar a una persona después de cometer delitos?

El Estado carece de recursos para dar capacitación o una terapia psicológica para que no roben, la justicia no puede ayudar a reformar porque es una responsabilidad penal de la persona incriminada y ella debe pagar por esto. Pero la justicia tiene figuras que le han sido otorgadas a la Fiscalía General de la Nación: Principio de Oportunidad, que faculta a la fiscalía para cesar con una persecución penal en contra de una persona que haya incurrido en una violación de Código Penal y, mientras no esté implicada en eventos como: Narcotráfico, genocidios o terrorismo, brindarle la oportunidad de acceder a beneficios que culminen con la investigación penal.

miércoles, 29 de julio de 2009

LA JUSTICIA RECORRE LOS PASILLOS DE PALOQUEMAO

Por: Guillermo Moreno

Uno de los señalamientos más recurrentes de los ciudadanos es la poca efectividad de la justicia representada por la carencia de oportunidad y celeridad a la hora de dar cumplimiento a la ley. Noches adolescentes recogió para ustedes una experiencia judicial que muestra, cuales son los procedimientos que de manera cotidiana se realizan a la hora de resolver uno de los tantos casos que día a día atiende la justicia en nuestro país.

Jueves 23 de julio: Hora 7:00 pm, lugar de los hechos: Cra 24 con calle 17, barrio Santa Fe, localidad de los Mártires, Bogotá. Un estudiante de 10 años, es asaltado y despojado de su maleta escolar, perdiendo sus útiles y un balón de fútbol; por esta acción son capturados dos hombres, Edward Andrey León de 19 años, y Luis Eduardo Clavijo de 20 años; ambos tienen como profesión albañiles, y habitan este mismo barrio. La policía los captura en el lugar y hora mencionados y los traslada al CAI del barrio Santa Fe, allí permanecen por el término de media hora, donde se les toma información de carácter personal.

7:30 pm. Son llevados a la URI unidad de reacción inmediata, cuerpo judicial adscrito a la Fiscalía General de la Nación, donde se recepciona formalmente la denuncia que en este caso es de hurto calificado agravado; por que en el momento de la acción del delito habían más de dos personas en el lugar de los hechos. Los implicados duran una hora en este lugar, son interrogados, se observan los antecedentes penales, y se remiten al CTI. En este momento se surte la etapa de indagación

9:00 pm. Son recluidos en el CTI, cuerpo técnico de investigaciones, organismo de la Fiscalía que se encarga de efectuar tareas de investigación que serán proporcionadas al fiscal designado al caso, En este punto el fiscal retoma las pruebas presentadas por la policía judicial y establece merito para confirmar la detención y posterior formulación de imputación. Es decir estamos en la etapa de investigación, aquí el fiscal evalúa y valora los elementos probatorios, encontrándolos suficientes para solicitar audiencia de legalidad (cuenta con 24 horas para hacerlo), entonces se nombra un abogado de oficio a los implicados, si lo requieren, lo cual se ajusta a nuestro caso, se designa una juez de garantías, se prepara la audiencia y se fija fecha y hora de la misma.


Sábado 25 de julio 7:00 am – Se desarrolla la audiencia durante la etapa de investigación (llamada también audiencia de control de legalidad),en el Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, juzgado 67 penal municipal con función de garantías, piso 3, bloque C, sala 7: En este escenario se presentan los implicados,tanto la defensa como el fiscal allegan las pruebas que permitan determinar la preclusión, o aceptación de cargos a los acusados; en este caso la fiscal a pesar de contar con los elementos probatorios y de que los imputados se declaran culpables no pide la condena ante la juez, y esta teniendo en cuenta el tenor del delito y los antecedentes de los dos jóvenes, decreta su libertad. La audiencia termino a las 8:45 am.

La juez expidió la boleta de libertad que favoreció a Edward Andrey León y Luis Eduardo Clavijo; pero aquí no acaba todo para ellos porque han superado la primera parte o etapa preprocesal, la intervención del juez de garantías es inmediata y urgente y se orienta a garantizar los derechos fundamentales de las partes, es de anotar que estos jueces no emiten concepto definitivo ya se a condenatorio o absolutorio.

Por otro lado la etapa procesal esta dirigida por un juez de conocimiento, es cuando se acude al juicio oral, este juez cuenta con todas las facultades y debe decidir sobre el asunto con un fallo absolutorio o condenatorio o en su defecto declarar la preclusión de la investigación. Teniendo en cuenta lo anterior los indiciados siguen vinculados a la investigación y tendrán que afrontar el juicio oral que definirá su situación ante la justicia penal.

Hablemos de los resultados obtenidos por este sistema que empezó a operar en Colombia desde el 1 de enero de 2005: se han realizado 1.037.000 audiencias públicas, con una reducción del 80% de los tiempos procesales con relación al sistema anterior (Colprensa, julio 27, 2009), los juicios orales se han realizado en 2.192 estrados judiciales, se han invertido $86.741.000.000, de la misma manera se han reducido enormemente los costos, en el juicio oral el valor promedio de un proceso por homicidio es de $ 500.000 y en el sistema anterior era de $ 1.100.000.

Indudablemente se avanzo en materia de implementación de la justicia, reducción de costos, mayor y mejor oportunidad, disminución de tiempos procesales hasta en un 50% , se aplica con mayor efectividad los principios de razonabilidad y proporcionalidad; el caso descrito se definió en primera instancia en 37 horas y 45 minutos, que comparado con el sistema penal anterior al año 2005, muestra una ganancia procesal del 45%, una cifra muy alentadora para un sistema judicial que venia al borde del colapso.

INSEGURIDAD EN EL BARRIO SANTA FE

Por Andrés Roveda
Diseñador Gráfico

La jueza 67 Penal Municipal con función de control de garantías, María Cristina de la Cuadra Pigault de Beaupre, decidió hoy dejar en libertad a los jóvenes, Edward Andrey León y Luís Eduardo Clavijo capturados por sospecha del hurto de una maleta a un adolescente.


Según la investigación de la Fiscalía, la jueza decretó la libertad de los acusados, teniendo en cuenta que los hechos investigados no comprometían de manera grave a los indiciados, y que además no presentaban antecedentes penales. Los hechos ocurrieron el día 23 de julio a las 7:00 PM., en el barrio Santa fe de la ciudad de Bogotá.

Los dos jóvenes fueron detenidos por la policía bajo sospecha de robo. En la Audiencia de Imputación los procesados aceptaron los cargos ante la Jueza. Los inculpados obtuvieron libertad en primera instancia pero deben presentarse para iniciar el juicio oral .

jueves, 23 de julio de 2009

DESDE ICETEX BUENAS NOTICIAS PARA ASPIRANTES A SUBOFICIALES


Por: Fernando Jiménez

Una nueva línea de crédito ha dispuesto el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEX, para que los jóvenes bachilleres, de todas las regiones del país, ingresen a las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

El crédito financia el 100% de la matrícula y el equipo para el ingreso al nivel suboficial. La tasa de interés del crédito educativo se determina con base en el estrato socioeconómico del núcleo familiar del beneficiario; de tal forma, que para el estrato 1 y 2 sólo se cobrará el 1.1% mensual, y para los estratos 3 al 6, estará unos puntos porcentuales por encima.

Durante la época de estudios y el periodo de gracia se paga una cuota denominada Cultura de Pago, la cual se calcula sobre el primer desembolso para cubrir costos académicos, en cuotas mensuales a partir del mes siguiente de efectuado el giro. Para los beneficiarios del crédito pertenecientes a los estratos 1,2 y 3 serán del 5.88% y para los estratos 4,5, y 6 del 6.80%.

El saldo de la deuda (capital girado más los intereses generados, menos los abonos efectuados) se empieza a pagar el mes siguiente de la terminación del período de gracia, en un plazo equivalente el doble del período de estudios financiado. Para el pago total se ha dispuesto la figura de libranza, mediante la cual el Suboficial beneficiario deberá autorizar a su empleador para que la cuota le sea deducida de la nómina a su nombre, y sea pagada al ICETEX por concepto del crédito otorgado, que en todo caso no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del salario y prestaciones.

lunes, 20 de julio de 2009

ALFONSO GÒMEZ MÈNDEZ

Chaparraleño de nacimiento, representante del perfil de izquierda del liberalismo, jurista, historiador, profesor universitario, ex Fiscal General de Nación, ex Procurador, Embajador en Austria y, ahora, precandidato por el partido Liberal de Colombia a la Presidencia de la República, nos cuenta del hombre que hay detrás del personaje público.

Noches adolescentes lo visitó en su apartamento y lo trae para ustedes, de origen humilde, hijo de sastre, orgulloso de ser oriundo del Pacìfico Caucano, un hombre cálido, sencillo. Llegó a Bogotá en 1968, gracias a su maestro y mentor Alfonso Reyes Echandia acude como asistente a la Facultad de Derecho en la Universidad Externado de Colombia, donde por su denodado interés le otorgan una beca y logra graduarse como abogado; así empieza su ascendente carrera, especializándose en Derecho Constitucional en la Universidad de París en Francia y Derecho Penal en la Universidad de Bonn en Alemania.

Se constituye en figura nacional como Fiscal General de la Nación en 1997, su gestión incluye la promoción y establecimiento del derecho internacional humanitario y los derechos humanos en medio del conflicto colombiano, además inicia la judicializaciòn de los jefes guerrilleros y paramilitares. Un hombre hecho a pulso, un hombre hecho por si mismo...

domingo, 19 de julio de 2009

EXPLOTACIÒN SEXUAL EN MENORES DE EDAD

Por: Jairo Alberto Ramos

Mamá estoy trabajando en unas cabinas.



Milena 16 años

Busco trabajo, soy honesta, necesito plata.

Hace un año llegué a Bogotá , con la hija de la mejor amiga de mi mamá, casualmente la vinimos a visitar y mi mamá, le envió unos panecillos que preparo a Marlene, ambas estudiaron en el colegio Psicopedagógico de Armenia. Llegamos al barrio la Perse, algo complicado en horas de la noche por eso de las pandillas; asegura Milena con apenas 16 años de edad, Claudia también va ha cumplir los 16, nuestras madres como que planearon tener hijos al tiempo, menos mal de diferente papá.

Es un trabajo chévere, me visto bien,tengo buenos clientes y trabajo en dos vídeo chat. Al principio unas amigas de Claudia nos presentaron unos amigos y nos fuimos a bailar a la primera de mayo, exactamente a cuadra picha, si, me la grabe pues el nombre es bien feo cierto. La rumba fue hasta las 3 de la mañana, el administrador del bar no dejo de mirarme en toda la noche y me envió una nota en su tarjeta personal sin antes invitarnos una ronda de cerveza.

Una de las tantas historias que involucran a las adolescentes en el mundo de la explotación sexual…

Los hombres me dicen cosas, me pitan cuando pasan en el carro y una profe se propaso conmigo en el colegio de Armenia, me propuso ayudarme en biología una materia que poco me gusta y me invito a su casa, ese día estudiamos, me oriento y medio unos tips para memorizar y las dos nos fuimos al tocador por eso de la vanidad y ella me empezó a tocar. Cuando salimos de la disco me quedo sonando la tarjeta del man, la había guardado y a los pocos días lo llame.

En la actualidad en Colombia existen más de 35.000 menores de edad usados como objetos sexuales. El código penal no castiga al adulto que paga por utilizar sexualmente a un niño ( ver programa Séptimo día, canal caracol , el 7 de junio de 2009, a las 9:00 pm) las autoridades solo pueden hacer cumplir la ley que existe y hoy en día, se ven obligadas a hacer verdaderas maromas para judicializar a estos personajes.


TRABAJO DE ADOLESCENTES

Por: Andrés Roveda

Diseñador Gràfico


La ley de infancia y adolescencia indica que la edad mínima para trabajar en Colombia son los 15 años, en Bogotà hay 76.621 niños y niñas menores explotados laboralmente según las estadísticas del Dane.

Niños entre los 5 y 17 años, generalmente lo hacen en los oficios más peligrosos, para su edad y nivel de desarrollo.

Las localidades de Kennedy, Mártires y San Cristóbal, son las más afectadas.

La Secretaria Distrital de Integración Social, comprometida con la erradicación de este flagelo que aleja a los menores de las aulas y los expone a ser sometidos sexualmente, procura la restitución de sus derechos, previene la vinculación, al mundo del trabajo y desarrolla acciones para desvincularlos de oficios peligrosos, e insalubres.


Según la última información del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, tres de cada diez hogares con adolescentes cuenta con el trabajo de al menos uno de ellos, situación que tiende agravarse entre los hogares más vulnerables.

El trabajo realizado por los adolescentes interfiere con el acceso de este grupo poblacional a las ofertas de educación, se considera que la posibilidad de asistir a la escuela es un 50% menor entre los adolescentes que trabajan o buscan trabajar que entre aquellos que potencialmente disponen de todo su tiempo para dedicarlo a estudiar.

Ahora bien, esta acumulación de desventajas es especialmente crítica entre los trabajadores adolescentes asalariados, quienes representan más de la mitad de los adolescentes trabajadores.

Entre ellos sólo la mitad continúa asistiendo a la escuela, por debajo de los trabajadores no remunerados, quienes probablemente al realizar actividades económicas dentro del entorno familiar se encuentran más protegidos en su relación con los centros educativos.

¿QUÈ PASO CON EL TOQUE DE QUEDA EN LA LOCALIDAD DE CHAPINERO?


Por: Guillermo Moreno Serrano


Debido a la muerte violenta del comunicador social Juan Pablo Arenas, ocurrida el 31 de diciembre de 2008 en la calle 82 con cra 15, las autoridades Distritales articuladas con la alcaldía local de Chapinero decidieron instaurar el toque de queda en esta localidad.



Chapinero es una de las localidades más tradicionales de la ciudad de Bogotá, con 170.000 habitantes en esta localidad del nororiente de la ciudad se ubica un gran número de viviendas de estrato 6 , igualmente allí se encuentra el mayor equipamiento bancario y comercial de la ciudad.


La medida del toque de queda a menores de edad empezó a regir desde el 7 de enero de 2009, obedeciendo a las directrices de la Secretaria de Gobierno y al Centro de Estudios y Análisis de Convivencia y Seguridad Ciudadana se tomo la medida, los jóvenes entre 14 y 18 años, incrementaron contravenciones de la ley en un 7%, lesiones personales 15%, tráfico de estupefacientes en un 12% y porte de armas en 15%.


La llamada “zona rosa”, de la calle 80 a la calle 86 con carreras 11 y 16 es donde se presenta el mayor número de infractores a la norma (decreto 013 de la Secretaria de Gobierno), esta es una de las 31 zonas críticas de Bogotà; la medida va de las 11:00 pm a las 5:00 a.m., y es paralela a la venta de licores a menores de edad. A pesar de existir amplias zonas de rumba por la cra 7 donde se encuentran los bares como, Blosson, Park, Tieffen, y Donde Toño; sin embargo la zona rosa es un lugar visible donde los jóvenes reinciden en esta conducta de burla al toque de queda.


La alcaldesa local Blanca Inés Duran, manifiesta que solo con el esfuerzo de todos los actores locales se ha venido superando esta situación problemática.


Se identificaron cerca de 30 adolescentes infractores por semana, en dicho caso se le informa a los padres y acudientes con quienes se firma un acuerdo de corresponsabilidad, si se vuelve a reincidir en esta conducta se aplica un comparendo pedagógico que incluye trabajo en comedores comunitarios y charlas brindadas por el ICBF, a través de talleres vivénciales, si por tercera vez se viola el acuerdo pactado; las autoridades locales proceden a reportar el caso al ICBF y los padres se pueden ver precisados a perder la patria potestad de sus hijos.



Las acciones tomadas por la mesa de trabajo de infancia y adolescencia de la localidad de Chapinero, con la participación de la policía de infancia y adolescencia, los gestores de convivencia, Subdirección de Desarrollo Local y la comisaría de familia se lograron bajar los índices de infracciones a la ley por parte de los adolescentes; de 30 jóvenes infractores se paso a solo 14 por semana, las riñas callejeras se redujeron en un 36%, y las lesiones personales en un 20%.


Esto demuestra que los jóvenes han acatado con responsabilidad las medidas implementadas por las autoridades locales, por lo tanto desde el 20 de abril se levanto el toque de queda en la localidad de Chapinero, haciendo de esta localidad un territorio seguro y diverso donde la inclusión y la tolerancia marcan la pauta juvenil .


TRIBUS URBANAS EN EL CENTRO COMERCIAL GRAN ESTACION “LOS FLOGGERS”

Por: Guillermo Moreno Serrano

Es el tercer centro comercial más grande de Bogotà, con 160.000 mts cuadrados, ubicado en la calle 26 con carrera 62 ; sin embargo este importante centro comercial, sirve para aglutinar un grupo de jóvenes en las tardes de los sábados, en la plazoleta principal de la Gran Estación, (1.200 mts) se reúnen los pioneros de varios parches de la cuidad , se encuentran punks, emos, hardcoreros, y rudos entre otros.


Es así como a estos fastuosos grupos se han unido muchachos que tienen peinados de medio lado, gafas plásticas de colores fuertes, camisetas estampadas con cuellos cortos, pantalones entubados y tenis Niké de colores azul, rojo, naranja… son los Floggers, nombre tomado de la página de internet fotolog..com

Los Floggers son fruto de la interacción con la red social en la que muchos adolescentes por su deseo de socializar, por ser más populares suben y bajan fotos, comparten música y desde allí organizan encuentros entre otros puntos de la ciudad en el centro comercial Gran Estación.

El electro dance es el ritmo potente y pegajoso que baila este coléctivo, este grupo con fuerte influencia Argentina llego para quedarse y hoy Bogotá, ciudad de inclusión se abre a otras opciones que hacen más rica la diversidad.


PIQUES Y ADRENALINA



Por : Fernando Jiménez

Agosto de 2007, 2:45 de la mañana , en una de las calles de Bogotá, un automóvil, al parecer en competencia con otro automotor se salio de la avenida y fue a estrellarse contra un poste del alumbrado público produciendo la muerte del conductor...Jaime Alban Jara de 23 años se convierte en la víctima número 128 de este año.

Las carreras clandestinas son una actividad ilegal que se realiza en altas horas de la noche, cuando el tráfico ha disminuido ostensiblemente. Jóvenes desde los 16 a los 19 años y adultos se reúnen para realizar carreras con alto riesgo de accidentalidad: condiciones de seguridad mínimas, pilotos inexpertos y con el agravante de estar acompañado por el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias sicotrópicas.

Preocupados por esta actividad, el concejo de Bogotá, emite mediante proyecto de acuerdo número 396 de 2008, el adicionar el numeral 7 al artículo 83 del acuerdo 79 de 2003. “No utilizar las vías públicas de la ciudad “para realizar carreras o piques automovilísticos sin previo aviso de las autoridades competentes”.

La medida busca proteger la vida de los habitantes del distrito capital, pero el ímpetu y la adrenalina desbordada por los jóvenes siguen llevando competidores improvisados a reunirse, en especial en una estación del norte de la ciudad...los motores rugen; la calle elegida tiembla, aceleradores a fondo...el desafío empieza...